sábado, 4 de abril de 2015

A la salud de todos - Ley Oñativia

A la salud de todos
El 16-03-15 en el portal de noticias de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, UBA, se publicó una entrevista al Dr Claudio Capuano, coordinador de la Cátedra Libre de Salud y DDHH de la Facultad de Medicina, UBA.
La nota titulada "A la salud de todos" ofrece una breve reseña histórica de la Producción Pública de Medicamentos (PPM) en nuestro país, con referencias a EMESTA (el primer laboratorio público) creado por el Dr Ramón Carrillo y a la ley conocida como Ley Oñativia del año 1964, en homenaje a su impulsor, Dr Arturo Oñativia, quien fuera ministro de Salud del gobierno radical del Dr Arturo Illia, que regulaba la comercialización de medicamentos, entre otras cosas.
También se recuerda a Raúl Laguzzi quien, en la década del ´70, como Decano de la Facultad de Farmacia y Bioquímica primero, y luego como rector de la UBA, impulsó la elaboración de fármacos en el ámbito universitario hasta que se vio obligado a abandonar el país luego de sufrir un atentado llevado a cabo por la organización criminal "Triple A". En la formulación de ese proyecto también participó un reconocido investigador, Marcelino Cereijido, entonces Decano de la Facultad de Farmacia y Bioquímica, UBA, luego exiliado en México, donde actualmente reside.
En la nota también se abordan los problemas en los últimos 10 años y se ofrece un panorama general sobre las perspectivas actuales, las ventajas y las capacidades potenciales de los laboratorios de PPM. Ver en: http://nexciencia.exactas.uba.ar/produccion-publica-medicamentos-agencia-nacional-laboratorios-publicos-claudio-capuano-derecho-salud .

Ley Oñativia
En el año 1964 se sancionó la ley de medicamentos, también conocida como ley Oñativia -Nº 16.462- (*), una legislación que disgustó a las empresas farmacéuticas y a otros sectores concentrados de la economía de ese entonces, y cuyos fervientes detractores la tildaron de "comunista", una acepción de época para descalificar cualquier cosa que no les gustara al poder de las corporaciones. Interesados en el tema, ver: - http://miradaprofesional.com/ampliarpagina.php?db=logueos_miradaprofesional&id=169&npag=9&noticias=n9&comentarios=c9 .

Según la opinión predominante, la ley Oñativia fue la causa del golpe de Estado de Onganía (junio de 1966) contra el gobierno de Illia. En esa oportunidad, como en todos los golpes de Estado entre 1930 y 1976, las cúpulas militares se autodefinían como "la reserva moral de la Nación" que actuaban contra los "apátridas" o "comunistas", entre otros calificativos. Sin embargo, esos "prohombres" siempre estuvieron al servicio de las corporaciones ligadas al poder, nacionales o multinacionales. Hoy los militares han sido reemplazados por otros actores como los medios de comunicación hegemónicos, o el poder económico, por mencionar algunos. Pero tienen el mismo objetivo, sólo que con diferentes métodos.

Esta breve reseña es importante para poder comprender las preocupaciones que hay en la Provincia de Santa Fe sobre el futuro de la PPM, como mencionamos en la gacetilla anterior -: http://www.grupogestionpoliticas.blogspot.com.ar/2015/03/medicamentos-preocupacion-en-santa-fe.html -.

Por eso, la PPM debe empezar a considerarse en el marco de las políticas sociales que se implementan desde el Gobierno. Aspecto que no puede soslayarse más por dos razones fundamentales:

1)- La ley 26.688 fue sancionada en 2011 (presentada por los ex diputados Macaluse y Martiarena) no tuvo votos negativos ni en Diputados (3 abstenciones sobre 183 votos) ni en Senadores (unanimidad de 46 senadores presentes). La ley fue reglamentada mediados de 2014.
2)- La segunda ley (Nº 27.113) fue presentada en el 2014 por la diputada Carolina Gaillard (FpV - Entre Ríos) y acompañada exclusivamente por otros diputados del FpV, y aliados. Ley que, según información que tenemos, está a punto de reglamentarse, un aspecto muy importante sobre el cual nos extenderemos en la próxima gacetilla. 

En consecuencia, la PPM debe empezar a implementarse orgánicamente, ya. Ese sería el mejor homenaje a dos referentes emblemáticos en el área de Salud: Ramón Carrillo y Arturo Oñativia. 

(*) El texto de la ley Oñativia se puede ver en: http://archivohistorico.educ.ar/sites/default/files/VIII-%2006_0.pdf .

Grupo de Gestión: Alonso-Romanowski S - Cid JA - Cravero C - De Filippo J - De Sousa Frade S - Fiamberti H - Furnari JC - García AP - Ghilarducci A - Giordano M - Gubertini MT - Hermida EB - Herrera M - Ielpi L - Iriondo M - Isturiz MA - Lamberti Y - Landoni MF- Lemos DR  - Massarini A - Milana JP - Nonzioli AC - Otero AM - Palermo M - Pérez O - Ravelo A - Rearte B - Recavarren MI - Rietti S - Rivero S - Rofman A - Sabbatini ME - Sasiain MC - Schattner M - Yokobori N. 
Este texto se difunde a: Presidencia de la Nación, Jefatura de Gabinete, Ministerios de Educación, Salud, Defensa, Cancillería, Ciencia y Tecnología, Ministerios de Salud Provinciales, ANMAT, Diputados y Senadores Nacionales, Legisladores y Funcionarios Provinciales y C.A.B.A., Academias Nacionales, Instituciones del Sector CyT (INTA, INTI, CNEA, CONICET, SEGEMAR, CONAE, CITEFA, INIDEP, SENASA, INA, ANLIS-Malbrán, UTN), Facultades de Universidades Nacionales, ONG, Laboratorios de PPMV, etc).